Los ficheros de morosidad son bases de datos que recogen información sobre personas y empresas con deudas impagadas. En España los más conocidos son ASNEF y el RAI. Para un acreedor son una herramienta doble: sirven para evaluar el riesgo de un cliente antes de venderle a crédito y actúan como palanca de presión legítima frente al deudor que no paga. Te explicamos cómo funcionan y cómo sacarles partido.
Qué es ASNEF
El fichero de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, gestionado con Equifax, recoge impagos tanto de particulares como de empresas. Lo consultan bancos, financieras, telecos y aseguradoras antes de conceder crédito o firmar contratos. Figurar en ASNEF supone, en la práctica, la denegación casi automática de financiación.
Qué es el RAI
El Registro de Aceptaciones Impagadas es un fichero exclusivo de personas jurídicas (sociedades). Recoge impagos de documentos en los que consta la firma del deudor reconociendo la obligación: pagarés, letras aceptadas, cheques. El importe mínimo de inclusión es de 300€ y los datos se conservan durante un máximo de 30 meses.
Requisitos para incluir a un deudor en un fichero
La inclusión no es libre: el Reglamento General de Protección de Datos y la LOPDGDD exigen requisitos estrictos:
- La deuda debe ser cierta, vencida y exigible, sin reclamación judicial, arbitral o administrativa pendiente por parte del deudor.
- Debe haberse producido un requerimiento previo de pago informando de que el impago puede llevar a la inclusión en el fichero.
- La cuantía mínima de la deuda debe ser de 50€.
Cómo consultar si un cliente está en un fichero
Las empresas pueden acceder a esta información a través de informes comerciales y servicios de información crediticia. Antes de conceder crédito a un cliente nuevo, especialmente para importes altos, consultar su historial de pagos es una inversión mínima que evita disgustos enormes.
El fichero como herramienta de cobro
Para el acreedor, la advertencia de inclusión en un fichero de morosidad, hecha correctamente y dentro de la ley, es una de las palancas extrajudiciales más eficaces. Forma parte del escalado natural de una reclamación profesional: recordatorio, requerimiento, advertencia de consecuencias y, en su caso, inclusión efectiva. Las empresas de recobro como el Grupo Cobratis España gestionan este proceso con todas las garantías legales.
Otros ficheros y fuentes de información que conviene conocer
Además de ASNEF y el RAI, el ecosistema español de información crediticia incluye otras piezas útiles para el acreedor. Badexcug (gestionado por Experian) es otro fichero de incumplimientos consultado por entidades financieras. La CIRBE, la Central de Información de Riesgos del Banco de España, no es un fichero de morosos sino un registro de los riesgos bancarios de cada empresa: no puedes consultarla sobre terceros, pero sí pedir tu propio informe. Y el Registro Público Concursal permite comprobar gratuitamente si una empresa está en concurso de acreedores o lo ha estado. Cruzar estas fuentes con las cuentas depositadas en el Registro Mercantil da una imagen bastante fiel de la salud financiera de cualquier cliente potencial.
Qué hacer si el moroso eres tú (o te incluyen por error)
La otra cara de la moneda: las inclusiones indebidas existen, y la jurisprudencia española lleva años condenando a pagar indemnizaciones por daño al honor a quienes inscriben deudas dudosas, discutidas o ya pagadas. Si tu empresa aparece en un fichero por una deuda que no reconoces, tienes derecho a ejercitar el derecho de supresión ante el titular del fichero y a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos. Como acreedor, esta doctrina te interesa por lo contrario: refuerza la importancia de cumplir escrupulosamente los requisitos (deuda cierta, requerimiento previo, ausencia de controversia) antes de instar una inclusión. Bien usada, la vía del fichero es legítima y eficaz; mal usada, se vuelve en tu contra.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo permanece una deuda en ASNEF?
El plazo máximo legal es de cinco años desde el vencimiento de la obligación, aunque lo habitual es que salga antes si se paga la deuda y se solicita la cancelación.
¿Puedo incluir yo directamente a mi deudor en ASNEF?
Solo a través de entidades adheridas al fichero y cumpliendo los requisitos legales. Lo habitual es hacerlo mediante una empresa de recobro o un servicio especializado que actúe conforme al RGPD.
¿La vigilancia de Xpertius incluye la inclusión en ficheros?
Xpertius es un servicio preventivo de vigilancia y notificación. Si la factura resulta impagada, puedes derivarla al circuito de recobro del Grupo Cobratis España, que valora todas las acciones disponibles, incluida la inscripción en ficheros cuando procede.
¿Un particular puede aparecer en el RAI?
No: el RAI registra exclusivamente a personas jurídicas por impagos de documentos con firma reconocida. Los particulares y los autónomos pueden aparecer en ASNEF y otros ficheros de solvencia, pero no en el RAI. Por eso, al analizar a un cliente autónomo, la consulta relevante es ASNEF junto con su historial comercial y sus referencias.
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